La Norma de jugos, néctares y bebidas no alcohólicas con contenido vegetal o néctar de frutas tiene por objeto establecer las denominaciones e información comercial para el correcto etiquetado de los productos preenvasados de fabricación nacional o extranjeras destinados al consumidor final.
Esta Norma Oficial Mexicana establece las disposiciones necesarias para garantizar información precisa y eficaz protegiendo al consumidor dentro de la calidad de estas bebidas a base de jugos de frutas.
La NOM-173-SE-2021, que regula los jugos, agua de coco, néctar, bebidas no alcohólicas con un contenido vegetal o frutal y bebidas saborizadas a vegetales, frutas u hortalizas, asegurando que los productos cumplan con los estándares de calidad, composición y etiquetado requeridos en el mercado mexicano.
La NOM-173-SE-2021 de Jugos, agua de coco, néctares, bebidas no alcohólicas con contenido de vegetal o fruta u hortaliza y bebidas saborizadas no alcohólicas preenvasadas -Denominaciones-Especificaciones-Información comercial y métodos de prueba, se publicó el 28 de febrero de 2022 en el Diario Oficial de la Federación pero entró en vigor el 27 de agosto de 2022.
Esta norma es aplicable a todos los productos nacionales y de procedencia extranjera destinados a comercialización.
Los productos a los que se refiere esta Norma Oficial Mexicana deben seguir lo indicado en las secciones 2.4, 2.6 y 2.7. Pueden utilizar los aditivos y sustancias permitidas según la sección 2.10, además de cumplir con las siguientes especificaciones o nombres.
La presente Norma Oficial Mexicana no es aplicable a los siguientes productos:
Producto cuya naturaleza y composición no corresponda a aquella con que se etiquete, anuncie o por no cumplir con las especificaciones descritas en esta NOM.
Líquido que se extrae directamente del fruto (Cocos nucifera L.) sin exprimir la pulpa.
Aquella donde se ha eliminado al menos en un 50% más que el valor Brix establecido para el producto obtenido y que ha sido sometido al tratamiento y condiciones de almacenamiento adecuadas que aseguren su conservación en el envase.
Agua de coco elaborada a partir de agua de coco concentrada.
Azúcares libres agregados a los alimentos y a las bebidas no alcohólicas durante la elaboración
Monosacáridos y disacáridos añadidos a los alimentos y a las bebidas no alcohólicas más los azúcares que están presentes naturalmente en miel y jarabes de maíz de alta fructuosa, entre otros jarabes similares.
Líquidos naturales o transformados que proporcionan al organismo nutrimentos y que contienen un porcentaje mayor o igual al 10% en su composición final de vegetales o fruta, agua de coco o coco u hortaliza, en combinación, así como uso de extractos naturales, incluyendo soya, arroz, y otros del reino vegetal.
Líquidos naturales o transformados que proporcionan al organismo nutrimentos y que contienen un porcentaje menor al 10% en su composición final de vegetales o fruta, agua de coco o coco, u hortaliza, o que no contengan porcentaje alguno y hagan uso de extractos o saborizantes naturales o artificiales de vegetal o fruta, agua de coco o coco, u hortaliza, en combinación, así como uso de extractos naturales, incluyendo soya, arroz, y otros del reino vegetal.
Sustancias diferentes de los monosacáridos y de los disacáridos, que imparten un sabor dulce a los productos.
Frutas de la familia Rutaceae que se dañan con bajas temperaturas y se caracterizan porque tienen aceites y pigmentos en su cáscara.
Aquellas libres de enfermedades, heridas, pudriciones, daños producidos por insectos u otras plagas, libres de insectos vivos o muertos o sus larvas.
Aquellas que han alcanzado el grado de desarrollo adecuado para su consumo (que están en su punto de sazón o madurez).
Es el porcentaje de sólidos disueltos en un producto.
Producto líquido fermentable, obtenido al exprimir vegetales o frutas u hortalizas en buen estado, debidamente maduras y frescas en buen estado y sometido al tratamiento adecuado que asegura su conservación en el envase.
Es al que se les ha eliminado físicamente el agua en una cantidad suficiente para elevar el nivel de grados Brix al menos en un 50% más que el valor establecido para el producto líquido obtenido al exprimir vegetales o frutas u hortalizas.
Jugo elaborado a partir de jugo concentrado de vegetales o frutas u hortalizas.
Contactanos, nosotros te apoyamos en cada paso que debes realizar para cumplir conforme lo establecido de manera nacional en materia de comercial dentro de la industria.
Esta norma se conplementa con las siguientes Normas Oficiales Mexicanas
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