form-background
Tus datos
whatsapp

NOM-173-SE-2021 JUGOS Y BEBIDAS NO ALCOHÓLICAS PREENVASADAS

Sé el primero en saber...


La Norma de jugos, néctares y bebidas no alcohólicas con contenido vegetal o néctar de frutas tiene por objeto establecer las denominaciones e información comercial para el correcto etiquetado de los productos preenvasados de fabricación nacional o extranjeras destinados al consumidor final.

Esta Norma Oficial Mexicana establece las disposiciones necesarias para garantizar información precisa y eficaz protegiendo al consumidor dentro de la calidad de estas bebidas a base de jugos de frutas.

La NOM-173-SE-2021, que regula los jugos, agua de coco, néctar, bebidas no alcohólicas con un contenido vegetal o frutal y bebidas saborizadas a vegetales, frutas u hortalizas, asegurando que los productos cumplan con los estándares de calidad, composición y etiquetado requeridos en el mercado mexicano.

bottle

Entrada en vigor


La NOM-173-SE-2021 de Jugos, agua de coco, néctares, bebidas no alcohólicas con contenido de vegetal o fruta u hortaliza y bebidas saborizadas no alcohólicas preenvasadas -Denominaciones-Especificaciones-Información comercial y métodos de prueba, se publicó el 28 de febrero de 2022 en el Diario Oficial de la Federación pero entró en vigor el 27 de agosto de 2022.


Más información de esta NOM
ellipse

Aplicación


Esta norma es aplicable a todos los productos nacionales y de procedencia extranjera  destinados a comercialización.

Los productos a los que se refiere esta Norma Oficial Mexicana deben seguir lo indicado en las secciones 2.4, 2.6 y 2.7. Pueden utilizar los aditivos y sustancias permitidas según la sección 2.10, además de cumplir con las siguientes especificaciones o nombres.

jabonesJugos
desinfectantesAgua de coco
detergentesBebidas saborizadas no alcohólicas
limpiadoresNéctares
limpiadoresBebidas no alcohólicas con vegetal o fruta

DISFRUTA DE UNA ATENCIÓN EXCLUSIVA PARA TÍ...

Infórmate y asegura tus pasos con nosotrosAsesoría gratuita
Revisa la etiqueta de tus productos para no caer en una sanción
Certifica tus productos antes de llegar a la aduana
Certifica tus productos si deseas hacerlo en almacén fiscal



backghround 1

La NOM-173-SE-2021 no aplica para


La presente Norma Oficial Mexicana no es aplicable a los siguientes productos:


caféCafé
requiere liquidoProductos que requieren otro líquido
granelProductos a granel
lecheLeche
yogurthYogurth
backghround 2
bottles-173

DEFINICIONES

Adulteración

Producto cuya naturaleza y composición no corresponda a aquella con que se etiquete, anuncie o por no cumplir con las especificaciones descritas en esta NOM.

Agua de coco

Líquido que se extrae directamente del fruto (Cocos nucifera L.) sin exprimir la pulpa.

Agua de coco concentrada

Aquella donde se ha eliminado al menos en un 50% más que el valor Brix establecido para el producto obtenido y que ha sido sometido al tratamiento y condiciones de almacenamiento adecuadas que aseguren su conservación en el envase.

Agua de coco concentrado

Agua de coco elaborada a partir de agua de coco concentrada.

Azúcares añadidos

Azúcares libres agregados a los alimentos y a las bebidas no alcohólicas durante la elaboración

Azúcares libres

Monosacáridos y disacáridos añadidos a los alimentos y a las bebidas no alcohólicas más los azúcares que están presentes naturalmente en miel y jarabes de maíz de alta fructuosa, entre otros jarabes similares.

Bebidas no alcohólicas con contenido de vegetal o fruta u hortaliza

Líquidos naturales o transformados que proporcionan al organismo nutrimentos y que contienen un porcentaje mayor o igual al 10% en su composición final de vegetales o fruta, agua de coco o coco u hortaliza, en combinación, así como uso de extractos naturales, incluyendo soya, arroz, y otros del reino vegetal.

Bebidas saborizadas no alcohólicas

Líquidos naturales o transformados que proporcionan al organismo nutrimentos y que contienen un porcentaje menor al 10% en su composición final de vegetales o fruta, agua de coco o coco, u hortaliza, o que no contengan porcentaje alguno y hagan uso de extractos o saborizantes naturales o artificiales de vegetal o fruta, agua de coco o coco, u hortaliza, en combinación, así como uso de extractos naturales, incluyendo soya, arroz, y otros del reino vegetal.

Edulcorantes

Sustancias diferentes de los monosacáridos y de los disacáridos, que imparten un sabor dulce a los productos.

Frutas cítricas

Frutas de la familia Rutaceae que se dañan con bajas temperaturas y se caracterizan porque tienen aceites y pigmentos en su cáscara.

Frutas sanas

Aquellas libres de enfermedades, heridas, pudriciones, daños producidos por insectos u otras plagas, libres de insectos vivos o muertos o sus larvas.

Frutas o vegetales u hortalizas maduras

Aquellas que han alcanzado el grado de desarrollo adecuado para su consumo (que están en su punto de sazón o madurez).

Grados Brix

Es el porcentaje de sólidos disueltos en un producto.

Jugo

Producto líquido fermentable, obtenido al exprimir vegetales o frutas u hortalizas en buen estado, debidamente maduras y frescas en buen estado y sometido al tratamiento adecuado que asegura su conservación en el envase.

Jugo concentrado de vegetales o frutas u hortalizas

Es al que se les ha eliminado físicamente el agua en una cantidad suficiente para elevar el nivel de grados Brix al menos en un 50% más que el valor establecido para el producto líquido obtenido al exprimir vegetales o frutas u hortalizas.

Jugo de vegetales o frutas u hortalizas de concentrados

Jugo elaborado a partir de jugo concentrado de vegetales o frutas u hortalizas.

bottles-173 2footer

BENEFICIOS

benefits 1Evita multas y sanciones con el correcto cumplimiento
benefits 2Garantiza la confianza a los consumidores
benefits 3Reduce los costos operativos
benefits 4Evita caer en sanciones por el mal etiquetado
benefits 5Comercializa fácilmente tus productos en el país
benefits 6Brinda calidad al consumidor
30rem

ORGANISMOS INVOLUCRADOS

map locationmap locationmap locationmap locationmap location

CERTIFICA TUS PRODUCTOS

Contactanos, nosotros te apoyamos en cada paso que debes realizar para cumplir conforme lo establecido de manera nacional en materia de comercial dentro de la industria.

REFERENCIAS

Esta norma se conplementa con las siguientes Normas Oficiales Mexicanas

  • cinturónNOM-002-SCFI-2011 Productos preenvasados-Contenido neto-Tolerancias y métodos de verificación.
  • cinturónNOM-008-SCFI-2002 Sistema General de Unidades de Medida.
  • cinturónNOM-030-SCFI- 2006 Información comercial-Declaración de cantidad en la etiqueta-Especificaciones.
  • cinturónNOM-051-SCFI/SSA1-2010 Especificaciones generales de etiquetado para alimentos y bebidas no alcohólicas preenvasados-Información comercial y sanitaria.
  • cinturónNOM-086-SSA1-1994 Bienes y Servicios. Alimentos y bebidas no alcohólicas con modificaciones en su composición. Especificaciones nutrimentales.
  • cinturónNOM-130-SSA1-1995 Bienes y servicios. Alimentos envasados en recipientes de cierre hermético y sometidos a tratamiento térmico. Disposiciones y especificaciones sanitarias.
  • cinturónNOM-218-SSA1-2011 Productos y servicios. Bebidas saborizadas no alcohólicas, sus congelados, productos concentrados para prepararlas y bebidas adicionadas con cafeína. Especificaciones y disposiciones sanitarias.
  • cinturónNOM-251-SSA1-2009 Prácticas de higiene para el proceso de alimentos, bebidas o suplementos alimenticios.
  • cinturónNMX-F-103-NORMEX-2009 Alimentos-Determinación de grados Brix en alimentos y bebidas, Método de ensayo (prueba).

Fecha de publicación del DOF

DOF28/02/2022

Fecha de entrada en vigor

vigor27/08/2022

Dependencia responsable

responsibleSECRETARÍA DE ECONOMIA

Preguntas frecuentes

  • El contenido varea de acuerdo al producto que se presente y a la fruta que se utilice, por ejemplo el contenido de jugo de vegetales o frutas u hortalizas debe ser del 100 %, o si es néctar varia respecto al tipo de fruta, como manzana y naranja tiene que tener un 50% de néctar.
  • No aplica para productos de café que requieran una preparación de percolación o extracción con agua y se comercialice como bebida no alcohólica preenvasada y para productos que requieran de un modo de preparación a través de adicionar agua u otro líquido natural o transformado. También, para aquellos productos que entren en la NOM-155-SCFI-2012 y la NOM-181-SCFI/SAGARPA-2018 y para productos que estén en venta a granel o que se utilicen como materia prima para la elaboración de otros alimentos o bebidas no alcohólicas.
  • Para emitir un Dictamen de cumplimiento, las Unidades de Inspección deben observar que el importador cumpla con las especificaciones  de la NOM de etiquetado para alimentos. Además que la información comercial este correcta y que  no induzca al engaño del consumidor. Y que cumplan con las siguientes denominaciones: Jugos, agua de coco, néctares, bebidas no alcohólicas con vegetal o fruta u hortaliza y bebidas saborizadas no alcohólicas
  • Si, esta norma aplica para jugos naturales y néctares, independientemente de su contenido de fruta o de los aditivos que contengan.
  • Los productores de jugos deben asegurarse de que el contenido del producto que utilizan cumplen con las especificaciones técnicas de la norma para garantizar la seguridad del producto y evitar problemas legales.
  • Los requisitos que deben cumplir ciertas especificaciones fisicoquímicas de acuerdo a la fruta que se trate.

    - Además, se debe declarar la denominación del producto se indica de lo que esta hecho el producto como "Jugo de Naranja", "Néctar de Mango", "Agua de Coco", etc. pero si el producto es una mezcla de jugos o néctares, debe especificar las frutas o vegetales que lo componen.
    -Contenido neto del producto
    -Lista de ingredientes
    -Declaración nutrimental
    -Leyendas precautorias
    -Fecha de caducidad y instrucciones de conservación
    -Datos del fabricante o importador
    -Código de barras
  • Los responsables de verificar el cumplimiento son las Unidades de Inspección Acreditadas, ya que para realizar el cumplimiento de esta norma te invitamos a acercarte a una unidad de inspección acreditada, con CECSA te brindamos el apoyo de revisar la información comercial de tu mercancía  para proporcionarte el etiquetado correcto  con base a esta normativa  y así al ser verificado el producto, se podrán imprimir las etiquetas y reetiquetar en el caso de que lleve algún sello o leyenda emitiendo como resultado final  un dictamen de cumplimiento para que tu mercancía teniendo en cuenta las fechas que sean indicadas  para  no tener problema alguno.
  • De acuerdo a la Ley  Federal de la Metrología y Normalización, en el articulo 112, nos dice que si un producto no cumple con la NOM puede generar multas, clausura temporal o definitiva, que podrá ser parcial o total, arresto hasta por treinta y seis horas, suspensión o revocación de la autorización, aprobación, o registro según corresponda y suspensión o cancelación del documento donde consten los resultados de la evaluación de la conformidad, así como de la autorización del uso de contraseñas y marcas registradas.
steps background

Conoce los pasos para tramitar el servicio

Quiero etiquetar en México

Quiero etiquetar en Origen

En 6 pasos puedes obtener tu trámite

ContratoSolicitudImportaciónEtiquetadoVisita en sitioDictamen
steps background
newsletter

Suscribete a nuestro boletin mensual

Somos un grupo de personas que puede apoyarte a vincularte con las principales agencias regulatorias y de esa manera reducir y facilitar los requisitos para que puedas comercializar en México.

Chatchat-bot

!Hola¡, Bienvenido a CECSA Trade, dime en que te puedo ayudar.