La Norma 050 de etiquetado general de productos tiene como objeto dar a conocer la información comercial que deben contener los productos de fabricación caional o extranjera destinados a consumidores de territorio nacional.
Esta Norma Oficial Mexicana es aplicable a los requisitos para garantizar un correcto etiquetado general de productos que sea claro y entendible para la protección del consumidor del país.
Conoce los lineamientos esenciales de la NOM-050-SCFI-2004 que regula la información comercial de etiquetado general productos en México, garantizando claridad y transparencia en el etiquetado para proteger a los consumidores.
El 01 de junio de 2004 se publicó en el Diario Oficial de la Federación la NOM-050-SCFI-2004, Información comercial-Etiquetado general de productos, pero entró en vigor 60 días posteriores a su publicación con fecha del 31 de julio de 2004
Esta norma es aplicable a todos los productos nacionales y de procedencia extranjera destinados a comercialización.
La NOM-050-SCFI-2004 establecer los requisitos de información comercial que deben incluir los productos vendidos en México buscando garantizar que la información contenida en etiquetas, envases, instrucciones y otros elementos sea clara y veraz para la protección del consumidor. Además, promueve la transparencia al exigir que los datos como las instrucciones de uso, advertencias, y componentes, sean presentados de manera accesible y comprensible
Persona física o moral que adquiere como destinatario final, productos. No es consumidor quien consuma productos con objeto de integrarlos en procesos de producción u otros más.
Material que envuelve, contiene y protege los productos, para efecto de su almacenamiento y transporte
Cualquier recipiente o envoltura en el cual está contenido el producto para su venta al consumidor
Cualquier recipiente o envoltura en el que se encuentran contenidos dos o más variedades iguales de productos preenvasados, destinados para su venta al consumidor.
Cualquier recipiente o envoltura en el que se encuentran contenidos dos o más variedades diferentes de productos preenvasados, destinados para su venta al consumidor.
Cualquier rótulo, marbete, inscripción, imagen u otra materia descriptiva o gráfica, escrita, impresa, marcada, grabada en alto o bajo relieve, adherida o sobrepuesta al producto, a su envase dependiendo las características del producto o su envase, al embalaje.
Documento donde el productor o importador se compromete a respaldar el producto contra defectos de funcionamiento, ya sea en materiales o en la mano de obra durante su fabricación
Información por escrito dirigida al consumidor que explica cómo debe usarse y aprovecharse el producto.
Documento que proporciona la información necesaria para el ensamblado, instalación, conexión y mantenimiento del producto
Proceso donde un producto es colocado en un envase de cualquier naturaleza y la cantidad del producto no puede ser alterada a menos que éste sea abierto o modificado.
Producto que debe pesarse, contarse o medirse en presencia del consumidor por no encontrarse preenvasado al momento de su venta.
Aquellos definidos así por las normas oficiales mexicanas y la legislación vigente.
Secretaría de Comercio y Fomento Industrial
De conformidad con la NOM-030-SCFI, aquella parte de la etiqueta o envase a la que se le da mayor importancia para ostentar el nombre y la marca comercial del producto, excluyendo las tapas y fondos de latas, tapas, hombros y cuellos de botellas
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Esta norma se conplementa con las siguientes Normas Oficiales Mexicanas
Quiero etiquetar en México
Quiero etiquetar en Origen
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