La norma para productos de aseo de uso dómestico tiene como objeto otorgar la información sanitaria y comercial del etiquetado de estos productos asi como las características requeridas para su envasado, evitando que el consumidor tenga riesgos para la salud y su elección sea la más óptima.
Esta Norma Oficial Mexicana es aplicable para garantizar un correcto etiquetado de productos de uso dómestico siendo claro y entendible para la protección del consumidor. Esta NOM es de observancia obligatoria en el territorio nacional para quienes se dedican al proceso o importación de productos de aseo.
La NOM-189-SSA1/SCFI-2018 es una Norma Oficial Mexicana que establece los requisitos sanitarios y comerciales para los productos y servicios de higíene personal, cuidado del hogar y otros productos de uso doméstico garantizando su seguridad.
La NOM-189-SSA1/SCFI-2018. Información sanitaria y comercial del etiquetado y envasado para productos de aseo de uso dómestico fue publicada el 13 de diciembre de 2018 en el Diario Oficial de la Federación pero entró en vigor un año después el 13 de diciembre de 2019.
Esta norma es aplicable a todos los productos nacionales y de procedencia extranjera destinados a comercialización.
La NOM-189-SSA1/SCFI-2018 establece criterios para la evaluación y el control de la calidad microbiológica de los productos, asegurando que no representen un riesgo para la salud humana.
Estos productos son algunos de los que están excluidos de la norma porque están sujetos a regulaciones más específicas que se ajustan a sus características y riesgos particulares
Los cosméticos se rigen por otras normativas específicas.
La norma no se enfoca en productos de uso industrial, solo al hogar y uso doméstico.
Estos productos están regulados por normativas específicas para sustancias peligrosas y controladas.
Los productos destinados al cuidado o tratamiento de animales se rigen por otras normativas.
Componente que facilita el proceso de fabricación y garantiza la estabilidad del producto sin correr riesgos.
Nombre que recibe un grupo de productos que tienen características comunes.
Recipiente o envoltura en el que se encuentran contenidos dos o más productos preenvasados, iguales o no en su composición, destinados para su venta al consumidor en dicha presentación.
Envasado a presión provisto de una válvula de mando que con un gas propulsor permite proyectar en el aire al producto.
Recipiente o envoltura destinada a contener un producto y que entra en contacto directo con el mismo, conservando su integridad física, química y sanitaria.
Contiene al envase primario de manera individual, y no está en contacto directo con el producto.
Marbete, rótulo, inscripción, marca, imagen gráfica u otra forma descriptiva que se haya escrito, impreso, marcado, en relieve o en hueco, grabado o adherido al empaque o envase del producto
Sustancia que forma parte de la composición o fórmula del producto terminado.
Efecto inflamatorio reversible en el tejido vivo por una acción química en el sitio de contacto.
Texto o representación gráfica que informe y, en su caso, prevenga al consumidor, sobre los posibles daños a la salud.
Cantidad de un producto elaborado en un mismo ciclo, integrado por unidades homogéneas.
Ejemplar que se utiliza con el propósito de dar a conocer el producto mediante su distribución gratuita al público en general.
Aquel a colocarse en un envase primario para la venta al consumidor final, cuyo contenido puede ser variable, debiéndose pesar, contar o medir en presencia del consumidor por no encontrarse envasado al momento de su venta.
Aquel que en estado sólido, líquido o gaseoso causa destrucción o alteraciones irreversibles en el tejido vivo por acción química en el sitio de contacto.
Sustancia o mezclas de sustancias que se emplean de forma directa o indirecta destinadas a: la limpieza, lavado e higiene de objetos, superficies y fibras textiles, desprenden o eliminar la suciedad y las manchas; proporcionar un determinado aroma o eliminar malos olores del ambiente.
Destinada a los consumidores que los usan o aplican en las diferentes áreas del hogar o instalaciones similares, tales como: oficinas, escuelas y en hospitales excepto las áreas blancas (por ejemplo: quirófano, áreas de recuperación, enfermería), entre otros.
Productos de aseo de uso doméstico elaborados con una sustancia o mezcla de sustancias que facilitan el aseo y mantenimiento de fibras textiles al modificar o acondicionar la textura o cualquier otra característica de las telas. En esta categoría se encuentran almidones o aprestos, blanqueadores, productos para planchado, prelavadores, desmanchadores y suavizantes.
Aquellos que tiene un punto de inflamación menor o igual a 37,8 °C, prende fácilmente y se quema rápidamente, generalmente de forma violenta.
Aquellos de aseo de uso doméstico que debido a su formulación pueden tener varias de las funciones tecnológicas descritas en los incisos 3.21, 3.24, 3.25, 3.26 y 3.27, de esta Norma, así como alguna otra función tecnológica diferente de las anteriores.
Aquellos de aseo de uso doméstico elaborados con una sustancia o mezcla de sustancias cuya acción química o biológica remueve materia presente en los conductos sanitarios de las aguas residuales y pluviales que pudieran obstruirlas.
Aquellos de aseo de uso doméstico elaborados con una sustancia o mezcla de sustancias usados con el objeto de impartir un aroma al ambiente o prevenir o enmascarar, neutralizar o eliminar malos olores en cualquier espacio o superficie. En esta categoría entran aromatizantes, desodorantes entre otros.
Aquellos de aseo de uso doméstico elaborados con una sustancia o mezcla de sustancias que eliminan o disminuyen la suciedad orgánica o inorgánica, o que disminuyan el desarrollo de microorganismos de las superficies donde se aplica. En esta categoría se encuentran detergentes, jabones de lavandería, desengrasantes, limpiadores, desinfectantes, desmanchadores y removedores.
Aquellos de aseo de uso doméstico elaborados con una sustancia o mezcla de sustancias de origen natural o sintética que proporcionan a una superficie un acabado protector o reparador, estético, brillante o una combinación de ellos. En esta categoría se encuentran ceras, lustradores, abrillantadores y selladores.
Aquellos que en estado sólido, líquido o gaseoso y que, en función de la concentración, vía de administración y tiempo de exposición puede causar trastornos estructurales o funcionales que provoquen daños a la salud o la muerte.
Persona física o moral que importe, fabrique un producto o que haya ordenado su elaboración total o parcial a un tercero, distribuya o comercialice; y en el caso de producto a granel quien envase a éste al momento de su venta.
Área del envase primario o secundario, distinta a la superficie principal de exhibición.
Área donde se encuentra la denominación genérica o, en su caso, especifica y la marca comercial del producto.
Si un producto se comercializa en un envase múltiple o colectivo, este debe incluir al menos la marca, el nombre y la cantidad, a menos que el envase permita leer las etiquetas individuales.
Cada envase individual o colectivo debe llevar la leyenda "No etiquetado para su venta individual", además de las leyendas precautorias y, si aplica, recomendaciones de seguridad.
Las muestras gratuitas deben etiquetarse con al menos el nombre del producto, datos del responsable, instrucciones de uso, leyendas precautorias, contenido neto y lote.
Las etiquetas deben ser diseñadas para que la información permanezca visible durante todo el uso del producto, incluso en productos a granel vendidos al consumidor.
Contactanos, nosotros te apoyamos en cada paso que debes realizar para cumplir conforme lo establecido de manera nacional en materia de comercial dentro de la industria.
Esta norma se conplementa con las siguientes Normas Oficiales Mexicanas
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